mario rodriguez AED respondió:
El permiso por lactancia acumulado se recoge en el Art, 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, por lo que es Ley y es de obligado cumplimiento, lo contrario daría lugar a que el trabajador/a pudiese ejercitar su derecho a demandar a la empresa, por...
Dudas sobre una baja por maternidad en un contrato fijo discontinuo en el sector de la hostelería