Optimizo Administracion de fincas respondió:
La comunidad está obligada al arreglo en virtud del art. 10.1 LPH. Deben mandarle burofax al administrador o mejor al presidente (es mas efectivo) dándole un plazo para el arreglo y apercibiendole que transcurrido ese plazo tomaran medidas legales...
Siento mucho odio y rencor por alguien, ¿Qué puedo hacer?