Actividad pública reciente
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Usufructo universal y vitalicio
En nuestra opinión y basándonos en el articulo 9.1 e) de la LPH, es el nudo propietario (salvo pacto en contrario) el que tiene que pagar los gastos de la comunidad. Vd por lo tanto tendrá que pagar el 14,3% de dichos gastos.
