¿Se puede embargar un coche con reserva de dominio?
Tengo entendido que no se puede embargar un coche con reserva de dominio; ya que cuando le llegue dicho embargo al registrador de la propiedad, que es el encargado del Registro de Bienes Muebles donde se inscriben los vehículos, RECHAZARÁ EL EMBARGO AL EXISTIR UNA RESERVA DE DOMINIO.
Mi pregunta es si, ¿una vez que se pudiera levantar dicho registro de dominio (por ejemplo supongamos un año más tarde), automáticamente volvería a entrar dicho embargo que intentó entrar hace un año? ¿O por el contrario una vez levantado el registro de dominio tendría que volver a llegar de nuevo un embargo para inscribirse?
Es que tengo ese caso y me da miedo levantar el registro de dominio para vender el coche por si aritméticamente al levantar el registro de dominio, entrará el embargo que ya rechazó el registrador de la propiedad hace un año. No sé si cuando se rechaza uno y se libera, entra automáticamente o hay que volver a enviarlo por la parte que embarga.