Puedo devolver el recibo del seguro de coche?

La póliza del seguro del coche vencía el 27/09/21

La compañía me avisa el día 14/09/21 vía sms de que la póliza esta próxima a su vencimiento, al pinchar en el enlace ofrecia una serie de opciones pero al elegir "no renovación", apareció un mensaje diciendo: esta acción no podía tramitarse por este medio, el los próximos días se pondrán en contacto telefónico con ud.

El caso es que nadie me llamó y finalmente día 20/09/21 envíe un email a la compañía adjuntando una carta de no renovación de la póliza. Ese mismo día por la tarde me llaman de la compañía expongo los motivos mi intención de no renovar y me dicen que el recibo ya se ha metido en el banco porque no he comunicado mi intención de no renovar en el plazo de un mes, pero que aun así lo comunicará a la central para intentar detenerlo.

No vuelvo a saber nada hasta hoy 27/10/21 que veo en el banco que hay un recibo pendiente de pago ( el cual no se ha cargado por falta de fondos), y que supongo que se terminará carganfo cuanda haya fondos.

¿Qué opciones tengo para desvincularme de la compañía?

Se trata de un vehículo que apenas uso y que de momentono tengo intención de asegurar.

5 Respuestas

Respuesta
1

Poder puede, pero puede ser problemático y caro a la larga, por varias razones. Ellos, se lo hayan dicho o no, no tenían obligación de llamarle, no es relevante para lo que consulta.

Antes de devolverlo tendría que ser su compañía o mediador quién lo acuerde y se lo indique, y por escrito a poder ser.

La respuesta la tendrá en su póliza, y en el artículo 22 de la LCS.

Si no va a usar el coche puede darlo de baja en la DGT, y comunicar esa baja a su aseguradora para que le extornen el importe de prima no consumida.

Respuesta
2

Valoramos la respuesta de la Radiestesista Espiritual pretty dolly, pero aportamos otro punto de vista. Si la póliza contempla la renovación automática (como parece ser el caso) tiene usted que notificar con 30 días de antelación a la aseguradora su voluntad de no renovarla. Si no lo hace, legalmente opera otros 12 meses más. A usted le han generado el recibo correspondiente, y si no lo paga, pasará a morosidad y se suspenderán los efectos de la póliza. El próximo año envíe un burofax antes de los 30 días de vencimiento.

Respuesta
1

Por supuesto que puedes devolver el recibo y dar tus motivos de lo que te sucedió y exigir que te den de baja. En caso de que no te surta efecto y te hayan cobrado el recibo está el OCU que es para el consumidor y denuncisrlo.

Te aseguro que no van a insistir en su propósito.

Lo que te han hecho por internet de lo que no se podí tramitar y que en unos días se pondrían en contacto contigo es una estrategia para luego decir que se te pasó el tiempo.

Háblalo a buenos con la compañía y si no te dan de baja ve a por todas en la oficina del consumidor. Verás que gracia les hace y agachan las orejas y te dan de baja por fin.

Estrategias= Engaños, por lo que no aceptes pasar por el aro.

Respuesta
1

Como complemento a la acertada respuesta del Sr. Grisolía, le remito la información legal, que puede consultar en este enlace.

El artículo 22.2 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, dice:

"2. Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador"

A pesar de lo anterior, podría oponerse a la prórroga si la compañía hubiera aplicado algún cambio a las condiciones de su póliza sin habérselo notificado convenientemente en el plazo de dos meses antes de la renovación, tal como obliga el punto 3 del mismo artículo 22.

Respuesta
1

Te explico en el video como se anula una póliza que en ningún caso es devolviendo el recibo.

https://youtu.be/bpv29uyjKSw 

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas