Movilidad Funcional en empresa externalizada

Hago un símil con empresas ficticias.
El trabajador "Manolo" ha firmado contrato con una expresa Empresa_Origen S.A en el que se establece el grupo profesional C en dicho contrato.
Esta empresa externaliza el trabajo de Manolo a la empresa Empresa_Cedida S.A (Realmente desempeña su función bajo las órdenes de un jefe perteneciente a otra empresa) y en ella realiza funciones del grupo profesional B.

Si se asume que hay cesión ilegal (y aunque no la hubiera) de la empresa Empresa_Origen S.A a la empresa Empresa_Cedida S.A y que al haber firmado un contrato con grupo profesional C pero realmente desempeña funciones superiores a su categoría. ¿Qué derechos tiene Manolo para regular su situación?. Comento posibles situaciones finales:
- ¿Contrato laboral con Empresa_Origen S.A al grupo profesional B? (Ascenso en la empresa donde firma el contrato).
- ¿Contrato laboral con Empresa_Cedida S.A al grupo profesional B? (Ascenso en la empresa donde ha sido cedido firma el contrato con ésta).
- Contrato laboral con Empresa_Origen S.A al grupo profesional B o C y recibir el 100% de las funciones de esta, ¿cobrando la diferencia salarial de un año máximo por las labores desempeñadas en Empresa_Cedida S.A? (Recibir funciones de la categoría que firmó el contrato pero recibir la diferencia salarial de lo desempeñado).

- Contrato laboral con Empresa_Cedida S.A de grupo profesional B o C y recibir el 100% de las funciones de esta, ¿cobrando la diferencia salarial de un año máximo por las labores desempeñadas en Empresa_Cedida S.A?.

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