¿Puede disfrutarse de la deducción por maternidad si en el ejercicio 2019 se ha estado cobrando prestación por desempleo?

Los requisitos para disfrutar de la deduccion por maternidad en la web de AEAT dicen: "El abono anticipado de la deducción por maternidad podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, pudiendo minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años."

El caso es de una mujer que ha hecho la declaración de la renta a traves del servicio "le llamamos" de la AEAT y le indican que a pesar de haber estado cobrando prestación por desempleo durante 8 de los 12 meses del año pasado y no haber estado ejerciendo actividad laboral durante esos 8 meses, le indican que SÍ tiene derecho a que le apliquen la deducción en la declaración anual del IRPF, porque parte de las deducciones aplicadas en cada mensualidad de la prestación por desempleo van incluidas cotizaciones a la Seguridad Social que le aportan derecho.
Los requisitos de la AEAT parecen contradecir a lo que le dijeron en la confección de la declaración ¿Qué es lo correcto?

Añade tu respuesta

Haz clic para o