Reclamación del ibi por el ayuntamiento de años atrasados

Compre una vivienda a una constructora en noviembre de 2012, posteriormente la constructora entro en concurso de acreedores y ahora el ayuntamiento me reclama el impuesto de vienes e inmuebles del año 2011 y 2012 por que la constructora no lo pago y ya no existe dicha constructora. Mi pregunta es si pueden reclamarme el ayuntamiento y si no se tenia que haber presentado al concurso de acreedores y si no lo hizo lo tengo que pagar yo.

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Por una parte parece que debiera haber prescrito esa reclamación. Por otra efectivamente si el sujeto pasivo entró en concurso de acreedores el ayuntamiento debía formar parte de esos acreedores. Impugne esa reclamación contra usted.

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Efectivamente alegue prescripción. Si el ayuntamiento fue negligente y no reclamo su deuda a quien debía, no lo hizo bien, creo que abusa de que la ley permita que los biebes queden afectos al pago de tributos, pero esa afección dura 5 años, compruebe con una nota simple esa indicaciónen el registro.

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