Cuanto hay que pagar por donación en Madrid de tía a sobrina

Me gustaría hacerles una consulta y que me pudieran ayudar.

Mi tía es propietaria de una vivienda en Madrid al 50% conmigo, ahora esa vivienda se va a vender y comprar otra en la misma ciudad, pero lo queremos escriturar a mi nombre, la idea sería comprarlo yo con la mitad de lo recibido por la venta del piso y lo que falta con el dinero de mi tía, ya que yo no puedo pedir préstamo y no tengo ahorros. Hemos pensado en que me done su parte de la vivienda o si no el dinero, de ahí mi consulta, cual sería la opción menos gravosa para mi, con cual de ellas habría que pagar menos por el impuesto, o si hay alguna manera de no pagar o pagar lo menos posible.

La vivienda está en Madrid, las dos vivimos ahí, se vendería por 270.000€ y la que se compraría se haría por 185.000€. He decir que tiene una hermana, mi madre, que es titular de la cuenta con mi tía, ¿sería más beneficioso que se lo donara a ella y luego mi madre me lo donara a mi? También les comento que mi tía está soltera y sin hijos y que tiene cuatro sobrinos en un pueblo de Extremadura y que yo tengo tres hermanos más, que mi tía hace un par de años hizo testamento donde yo soy la heredera universal, pero si me interesa la donación o lo que proceda es en vida para poder comprar el otro piso, ya que ella se va a ir a vivir con mi madre y conmigo.

Estoy hecha un lío y no sé por donde tirar.

2 respuestas

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Debes de planificar la herencia de tu tía, con un experto que te ayude, porque algunas de las cosas que has manifestado en mi opinión no son ciertas o inexactas. Para el supuesto de fallecimiento de tu tía, la heredera universal sería tu madre (hermana de ésta) salvo que hubiera alguna hermana más que hubiera fallecido, y entonces estarían los hijos de dicha hermana, por la parte que le correspondía la fallecida. Usted podría heredar si hay renuncia por parte de su madre, pero tiene que ser una renuncia pura, para evitar que se consideren dos operaciones, por eso hay que verlo con detalle.

Las herencias entre padres e hijos y donaciones según autonomías están muy bonificadas y Madrid es una de las más beneficiosas, pero por desgracia no es su caso, que estaría dentro del grupo III y no gozaría de bonificaciones.

En mi opinión la mejor opción es la extinción del condominio previo a la venta, para que la venta fuera por la totalidad por usted, con valoración lo más ajustada. A su vez como usted no le puede pagar de forma inmediata a su tía esta extinción, podría constituirse un préstamo a largo plazo para el pago de la misma, esto se hace para evitar que se considere una donación encubierta como se explica en el enlace que le copio abajo. Estas operaciones implican la liquidación del ITP

Una información detallada la tienes en este enlace:

https://www.rankia.com/blog/mejores-hipotecas/3405165-gastos-impuestos-extincion-condominio 

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No hagas conjeturas. Acude a un abogado para que se ocupe de todo.

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