Tengo bonificiación del IBI por familia numerosa. Este año no me la han concedido por no solicitarla a tiempo

La ordenanza municipal dice que se debe pedir en el año y antes que se liquide el impuesto que es en septiembre. La vengo solicitando desde 2009 en que nos convertimos en familia numerosa. En 2017 olvidé solicitarla y cuando la he solicitado me dicen que no me la conceden por pedirla fuera de plazo. Sin embargo he pedido la de 2018 y si me la han concedido, El certificado de familia numerosa me caduca en 2022. Me han concedido la bonificacion desde 2009 hasta 2018 menos la de 2017. Quiero recurrir esa ordenanza tan abusiva pues nosotros no hemos dejado de ser familia en 2017, la prueba es que en 2016 me lo conceden y en 2018. ¿Por qué el ayuntamiento tiene facultad para que no prescriban mis deudas tributarias con ellos hasta 4 años y esa ordenanza prescribe tan pronto?. Considero que si bien es lo que pone la ordenanza es injusta y es la ley del embudo.

Quiero recurrir la No concesión de la bonificación del IBI ya que la mayoria de ayuntamientos la conceden mientras el certificado de familia está en vigor del cual tienen una copia. Aducen que en este ayuntamiento, eso es asi para comprobar que no ha habido cambios y se sigue siendo familia numerosa. Bien pues aunque fuera de plazo, no ha habido cambios y seguimos siendo familia numerosa.

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