Heredero único sin testamento y sin bienes inmuebles.
Mi hermano ha fallecido, era divorciado, sin hijos, sin padre y convivía en Madrid con su madre, no tenía bienes, sólo una cuenta corriente donde cobraba la pensión de invalidez pues tenía reconocida una discapacidad del 69 %, dicha cuenta tiene un saldo de unos 900 €, no había hecho testamento.
Entiendo que por el Código Civil la única heredera es su madre, al no tener ni cónyuge, ni hijos, ni padre, en una sucesión intestada habría que hacer una declaración de herederos notarial o judicial, pero existe el caso de poder hacerlo en documento privado cuando es heredero único sin bienes inmuebles.
¿En base a que Ley o Reglamento se puede hacer la declaración privada de heredero único intestado sin necesidad de notario o juzgado?
Lo pregunto pues mi madre es pensionista, con una pensión baja, se ha gastado casi todos sus ahorros (3.200 €) en enterrar a mi hermano de acuerdo con sus creencias religiosas, si hace la declaración de herederos notarial, le costaría unos 350 € más IVA, el banco donde tiene la cuenta le cobra 80 € más IVA por el certificado de cuentas, total que los que heredarían lo poco que tenía mi hermano serían el notario y el banco, no me parece nada razonable.