Es obligatorio, que un agente inmobiliario que ejerce por su cuenta tenga un sello?

¿Si gestiono un contrato es suficiente con mis datos y firma? ¿O para que sea oficial debe tener también sello?

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Si se refiere al sello de calidad de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API), que se obtiene del registro de agentes, es de señalar que dicho registro es de carácter voluntario y no obligatorio, por lo que la falta de sello no implica impedimento legal para ejercer como agente inmobiliario. Claro que el registro trae beneficios, ya que acredita la experiencia en la prestación de los servicios propios de un API.

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