Testamento, Herencia y Colación al Haber Hereditario

Testamento de una padre a sus dos únicos hijos.

Haber hereditario: 3 inmuebles privativos: Inmueble A, Inmueble B e Inmueble C.

Valorados en 180.000 €, 30.000 € y 35.000 € respectivamente.

NOTA: El inmueble A no está registrado en el Registro de la Propiedad.

Según el testamento deja sus bienes a sus dos hijos a partes iguales pero con la preferencia siguiente:

- Al hijo nº 1 le deja el inmueble A y el inmueble B.

- Al hijo nº 2 le deja el inmueble C.

Posteriormente a la fecha del testamento, concretamente 20 años más tarde, registra el inmueble A a nombre del hijo nº 1 y al conyuge de este en gananciales, en el Registro de la Propiedad y ese es el único registro que existe en el Registro de la Propiedad sobre ese inmueble, no existe antecedentes ni historia del inmueble.

Tras el fallecimiento y en el reparto de la herencia, la notaria se lava las manos con respcto al inmueble A y considera el haber hereditario tan sólo en el inmueble B y el inmueble C que pretende repartir según el testamento sin tener en cuenta el inmueble A.

¿Es esto posible?

Según el Artículo 1035 del Código Civil:

"El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión, deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición".

Según el Artículo 1036 :

"La colación no tendrá lugar entre los herederos forzosos si el donante así lo hubiese dispuesto expresamente o, si el donatario repudiare la herencia, salvo el caso en que la donación deba reducirse por inoficiosa".

Es evidente que ha regalado el inmueble en vida al heredero nº 1 y es evidente que no hay expresión de No colacionable.

¿Es correcto que la Notaría donde se tramita la herencia se lave las manos y NO verifique si es colacionable el inmueble para incorporarlo al haber hereditario, aunque sea el 50 % y que NO pida la escritura del inmueble e informes del Catastro?

¿No están para dar la legalidad? ¿Es eso legal?

Añade tu respuesta

Haz clic para o