¿La tabla salarial siempre se tiene que publicar en el BOP?
Estoy contratada por el convenio de Oficinas y despachos de la provincia de Santa Cruz de Tenerife y mi salario base corresponde a la tabla salarial del 2010. ¿Para la subida del salario base siempre tiene que estar publicada en el BOP?, aunque en el convenio haya un articulo que diga:
Art. º 3. Ámbito temporal.--Este Convenio, a los efectos económicos entrara en vigor el día 1.º del mes en que sea homologado por la Autoridad Laboral, y su duración será de dos años a partir de dicha fecha, prorrogable tácitamente de año en año si no es denunciado expresamente por una de las partes con antelación mínima de tres meses a la fecha de vencimiento o de sus prorrogas.
Transcurridos doce meses de vigencia de este Convenio, la escala de salarios del mismo quedara modificado automáticamente en el tanto por ciento de variación experimentada por el índice del coste de vida en el conjunto nacional, según los índices del Instituto Nacional de Estadística en los doce meses anteriores.
Igualmente, para caso de prórroga tácita del Convenio, se incrementará automáticamente la tabla salarial en el porcentaje de variación del índice del coste de vida en el conjunto nacional, según el I.N.E., en los doce meses anteriores a su vencimiento y prorroga.