¿Qué pasa con el testamento tras divorcio?

Intentaré resumir al máximo la situación y desde mi desconocimiento total: Familia con 4 hijos, los cónyuges (con bienes gananciales) se divorcian. La cónyuge se queda con la vivienda y una suma económica que recibe en varias veces y el cónyuge con una finca, el coche y una segunda vivienda.

Por parte de él decide "vender" (no se si legalmente, ni si hay contrato de compraventa) parte de los terrenos de la finca a uno de sus hijos con el que tiene relación, por lo tanto esos bien con los que se quedó tras el divorcio ya no le pertenecerían.

Me surgen varias dudas:

1. - Imagino que el testamento seguirá hecho por parte de los cónyuges y hay que volver a hacerlo. Pienso que la cónyuge solo puede dejar en herencia lo que ha obtenido tras el divorcio. Pero si el cónyuge se ha deshecho de sus propiedades, ¿no puede dejar herencia?

2. - La vivienda que ha obtenido la cónyuge sigue estando escriturada a nombre de los dos. ¿Esa escritura se puede cambiar sólo a nombre de ella? ¿A quién pertenecería la vivienda en caso de fallecimiento?

Agradezco mucho cualquier ayuda, ya que veo la situación complicada.

2 respuestas

Respuesta

La situación no es complicada, sino que usted mismo tiene una idea tan confusa y tan desinformada que le hace ver las cosas de forma inabordable. Para empezar, una cosa son las relaciones patrimoniales entre cónyuges y otra muy distinta las cuestiones de herencia. No existen testamentos mancomunados, hechos por ambos cónyuges, sino que cada cual es un acto personalísimo que nada tiene que ver con el régimen matrimonial. En la historia que cuenta usted, los cónyuges han dejado de serlo y además han liquidado los bienes habidos en el matrimonio. El capítulo sucesorio (que siempre requiere de un muerto) no ha de confundirse con los derechos hereditarios ni con el testamento. Si un padre vendió a su hijo un bien, nadie tiene por qué pensar lo contrario, es decir, que no lo vendió, porque goza de una presunción de validez. La herencia se puede dejar haya o no bienes en el momento de hacer testamento, puesto que es posible que el testador tenga bienes después de hacerlo. La muerte liquida de inmediato el régimen de gananciales, por lo que una vivienda a nombre de un matrimonio queda en herencia el 50% de la misma a la muerte de uno de los copropietarios excónyuges.

Respuesta

Según el ordenamiento Jurídico Español, una persona divorciada, no recibirá nada, de la herencia de su exconyuge,. Las exparejas no tienen derecho a heredar, ni tan siquiera en el supuesto de que haya hijos comunes, con la salvedad de que si los hijos son menores, el ex marido o la ex esposa, si podrían ser las personas que pudieren administrar la herencia que reciban los niños.

Cuando un matrimonio se disuelve, lo hace en todos los aspectos, incluido por supuesto, el económico, tan simple como eso, así lo establece el Ordenamiento Jurídico Español.

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