¿Pueden hacer el embargo juntanto dos nóminas?

Soy autónomo y trabajo en una empresa como autónomo colaborador de la cual percibo una nómina y como trabajador por cuenta ajena en esta misma empresa pero con una nómina de 40 horas mensuales, me ha venido un embargo y la empresa me suma el computo de las 2 nómina y me aplica el embargo juntándolas porque sino no podría puesto que tanto una nómina como la otra no llegan al SMI de 707€ quisiera saber si eso es correcto, si lo están haciendo bien

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