Contrato de 3 años tiene penalizacion el arrendatario ?

Soy arrendador, y alquile mi vivienda en mayo del 2016. En una de las clausulas del contrato, se contempla, que la duración del contrato será de 3 años conforme al art. 9,1 de la ley 4/2013.

En otra clausula, se recoge el articulo 11 que literalmente dice: La arrendataria podra desistir del contrato de arrendaniento, una vez que hayan transcurrido al menos 6 meses, siempre que se lo conunique a la arrendadora con una antelacion minima de treinta dias. Para el caso de dicho desistimiento, la arrendataria indernizara a la arrendadora con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año daran lugar a la parte proporcional de la indernizacion.

Por ultimo en otro apartado del contrato dice: La duracion del presente contrato de arrendamiento se determina por un periodo de 1 año, iniciandose el dia 01-05-2016 y finalizando el 30-04-2017.

De acuerdo a lo expuesto, y atendiendo que los arrendatarios, se han marchado al año, y me reclama la fianza, la pregunta es: ¿Se debe aplicar la penalizacion de una mensualidad por año, de los 2 que le quedan por cumplir?

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