Cambio de Contingencia en juicio, ¿Debe comenzar a contabilizar el periodo de 18 meses?

La mutua me derivo a la Seguridad Social y el INSS le dio la razón por lo que la baja fue tramitada como contingencia común. Lo denuncie y el juzgado me dio la razón, por lo que la baja paso a ser por contingencia laboral (accidente de trabajo). La Mutua me opera pero o me recupero en 3 meses o me dan una incapacidad permanente debido a que se ha consumido el plazo por el que puedo estar de IT.

No entiendo porque al cambiar de contingencia no se tramita como una nueva baja, ya que de esta manera aunque he ganado el juicio no tengo los mismos derechos que cualquier otro trabajador para poder recuperarme de la cirugía ( 18 meses ), a mí se me ha pasado el tiempo esperando la celebración del juicio, que se dictara la sentencia y que la mutua decidiera empezar a hacerme pruebas y operarme.

Los 18 meses se han pasado por culpa de la mutua que se deshizo de mi sin tratarme y lo que es peor, en ese tiempo la lesión empeoro.

¿Al ver mermados mis derechos en cuanto al tiempo para poder recuperarme no se debería tratar como una nueva baja desde que la sentencia es firme y tener el mismo tiempo de recuperación que cualquier persona que la empiecen a tratar desde el principio de su lesión?

Les agradezco su interés de antemano y les mando un saludo.

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