Gastos deducibles en IRPF para el arrendador de vivienda
Soy un particular arrendador de una vivienda. ¿Son deducibles íntegramente en mi declaración de la renta los gastos siguientes que he realizado para dicha vivienda: compra de una televisión, alfombra, sofá, colchón, somier, pouf, cojines, etc? Lo que sí tengo claro que puedo deducir la contribución urbana, la comunidad y el seguro de hogar, pero me gustaría saber si pudo deducir las compras que he realizado del mobiliario y enseres citados anteriormente.