Puedo cobrar menos del SMI 2017

En mi nomina de enero he cobrado 764,40 € (suma de SALARIO BASE + P.P.PAGAS EXTRAS) + plus correspondiente a mi convenio.

Según tengo entendido esta suma no debería ser inferior a 825,65 € ( 9.907,80 / 12 pagas ) que es el SMI del año 2017.
He preguntado a mi empresa y su respuesta ha sido : "Según las: Disposiciones Transitorias Primera y Segunda del Real Decreto 742/2016, no aplicamos la subida del SMI y dejamos el que estaba, hasta la aprobación del nuevo convenio colectivo".

¿Es posible lo que me indica mi empresa?
En caso de que mi empresa no me lo este aplicando correctamente, ¿cómo tendría que proceder?

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