Readmisión después de modificación sustancial
Resulta que en la empresa donde trabajo hace dos meses se hizo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo colectiva, todo más o menos legal, en cuanto a periodo de consultas y demás. Buena parte de los compañeros al no querer las condiciones impuestas, cogieron los 20 días por año y se fueron. Por otra parte el comité de empresa denunció la imposición, y ahora mismo se está a la espera de juicio.
Quería preguntar a los expertos, en el caso que un juez declarara nula la modificación, y se volviera a la situación anterior, los compañeros q se acogieron a los 20 días, podrían volver?, y en caso afirmativo, ¿qué tendrían que devolver y a ellos pagar?