Sanción Policía Local "Matrícula en malas condiciones"
El pasado 17 julio circulando dentro del casco urbano de Torremolinos (Málaga) la policía local me dio el alto en un control rutinario. Dijeron que era con motivo de la campaña de documentación de vehículos y le di toda la documentación (ficha técnica, permiso circulación y seguro obligatorio). Una vez comprobado me dijeron que todo estaba en regla, pero que me extenderían una multa porque la matrícula delantera era ilegible. Le hice saber al agente que la multa me parecía muy rigurosa pues había pasado la ITV el día 1 de julio de 2016 y desde allí no me dijeron que debía de cambiarla. Su altanería a la hora de responderme hizo que no le volviera a insistir.

La sanción,

La cual dice lo siguiente,

Mirando la multa y la ley de tráfico saco las siguientes conclusiones:
El señor agente identifico la sanción según el artículo 8 apartado 1, que yéndonos a la ley de tráfico nos dice:

A menos que yo esté mirando en el lugar equivocado, poco tiene que ver el con el motivo de la denuncia.
Donde sí se nombra el estado de la matrícula es en el artículo 10 apartado 2

En mi caso la matrícula no presenta obstáculo que dificulte o impida su lectura, lo que si ocurres es que ha perdido el relleno blanco del número 6, aun así es perfectamente legible a mi juicio.
Donde vuelve a hacerse referencia otra vez al estado de la matrícula es en el artículo 76 apartado “p”, el cual cataloga la sanción como “sanción grave”.


En definitiva, como me parece excesiva la sanción y creo que la matrícula es perfectamente legible, me gustaría que me asesoraseis en si debo o no presentar un pliego de descarga o alegación alguna ante esta sanción.
Aunque en el impreso rellenado por el agente consta como la jefatura de tráfico, quien expidió la denuncia es la policía local, cosa que me dejó un poco sorprendido puesto que desconocía que ellos pudieran hacerlo.