Como me afecta el cambio del concepto de antigüedad?
Pertenezco al convenio de Sanidad Privada de la C.Valenciana, a partir del 1/1/2014 se ha cambiado el artículo 23 “antigüedad consolidada”, el cual dice: Desde 1 de enero de 2014, al vencimiento de cada trienio, el trabajador/a percibirá en cnocepto de antigüedad el importe correspondiente al 3% del salario base”.
Anterior al 1/1/2014 indicaba lo siguiente:
“Se establecen los siguientes porcentajes: Al término de los 3 años, el trabajador percibirá un 5% del salario base. Al término de los 6 años, percibirá un 10% del salario base. Al término de los quinquenios siguientes percibirá un 10% más, por quinquenio.”
Mi principal duda es si yo estoy contrata desde 2009, mi primer trienio fue en 2012, el segundo me corresponde en 2015, según la empresa hasta el 2017 no voy a cobrarlo porque hubo un cambio en 2014, por lo que el primer trienio sería en 2017, ¿es correcto? ¿? ¿
Considero que ha cambiado la forma del cálculo y si yo he generado otro trienio en 2015, desde el 2012, creo que debería cobrarlo. ¿Es correcto? ¿? ¿?