Donación en vida a nietos para evitar que la herencia recaiga en hijo con deudas

Ámbito Comunidad Valenciana (Valencia).

Unos padres con 3 casas (todas ellas libres de cargos) en propiedad en Valencia capital. Tienen 2 hijos mayores de edad. Uno de ellos tiene numerosas deudas con la Administración de tal manera que cualquier bien que tuviese sería embargado de inmediato. Los padres ante el temor de que la mitad de su herencia sea embargada de inmediato al recaer en su hijo moroso, preguntan si es posible legalmente donar en vida la mitad de esas tres casas a su hijo sin deudas y la otra mitad a los tres nietos (hijos de su hijo moroso). Para no perder esa mitad y que al menos recaiga en sus nietos. ¿Es posible?

Si fuese posible la otra pregunta sería:

¿Qué ocurriría con la legítima que le corresponde al hijo moroso en el momento del fallecimiento de sus padres al haber estos donado ya en vida sus tres casas a hijo y nietos?.

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