Ley de segunda oportunidades sobre bienes heredados
Dada mi situación quiero tomar la vía de la ley de segunda oportunidad, entiendo que es como un concurso de acreedores de mi persona física, a mi nombre solo tengo un bien inmueble hipotecado con una anotación de embargo por 18000 euros, mi padre falto el 8 de agosto y soy hijo único, soy el único heredero de dos inmuebles sin cargas pero no figuran a mi nombre, solo tengo el pis que comento, porque lo hicimos en documento privado, el banco a estar mi padre como avalista me pidieron el acta de herederos abintestato y la liquidación del impuesto de sucesiones, la cuestión es la siguiente, en tales documentos si que aparezco como único heredero de tales bienes, pero aun no están a mi nombre, ¿me puede afectar a la hora de acogerme a la ley de segunda oportunidades o solo respondo con el único pido que esta a mi nombre?