Hay que tributar la indemnización por despido
En octubre 2014 fui despedido en mi empresa por despido disciplinario, lo denuncie y en la conciliación justo antes del juicio (junio 2015) llegamos a un acuerdo ya que en la primera conciliación no se presentaron, yo inmediatamente después del despido solicite el paro el cual sigo cobrando, el acuerdo fue porreteado a pagar en 1 año 1150€ mensuales, como tengo que tributar esto o si hay que tributarlo por que no lo se. No he avisado al paro de que estoy cobrando esta cantidad por que bueno he considerado que como va al banco directo no habría ningún problema luego en el borrador saldría como rendimientos del trabajo supongo o si no lo metería yo, pero tengo mis dudas realmente si se tributa o no, leo muchas cosas por ahí de que las indemnizaciones por despido hasta 180.000€ no se tributan, en definitiva, ¿esto se tributa o no? ¿Y si es así como? ¿He cometido un error al no avisar al paro de cobrar esa cantidad en la fecha que se resolvió la demanda laboral? Tengo mucho lio al no saber sobre este tema,.