Excedencia voluntaria por interés particular y jubilación.

Soy personal laboral fijo de la Administración General del Estado y me rijo por el Convenio Único .Tengo 51 años y 24 de cotización a la Seguridad Social. En el caso de que pidiera una excedencia voluntaria por interés particular : ¿Me la podría negar mi organismo por necesidades del servicio? ¿Podría pedir la jubilación sin necesitar incorporarme previamente?. Y finalmente, si siguiera trabajando, ¿Podría jubilarme anticipadamente con 60 años? Con esta edad ya tendría 30 años cotizados.

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