Me supongo que te refieres a las horas mínimas diarias en una jornada de 20 horas semanales.
En este caso, en tu contrato de trabajo deben aparecer los días que debes prestar servicios ya sea por ejemplo de lunes a viernes, de lunes a domingo o días puntuales como miércoles, jueves y viernes, por ejemplo.
Por lo que respeta a las horas en cada día también lo tiene que poner en el contrato de trabajo, debiendo la empresa distribuir la jornada, concretando las horas.
Por todo ello, no puedo darte una respuesta concreta a tu pregunta pues no se que es lo que te pone en contrato de trabajo.
Mírate el convenio colectivo de aplicación en el apartada del horario. En su defecto, mírate el precepto 34 del Estatuto de los trabajadores.
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