¿Puede el arrendador obligarme a cumplir 3er año de contrato completo avisándome de que quiere ocupar la vivienda?
El arrendador me ha comunicado el 1 de junio 2015 que desea ocupar él mismo su vivienda por lo que debemos dejarla. El contrato se firmó el 1 de agosto de hace tres años.
Le comunicamos que, a la vista de que estamos obligados a irnos en contra de nuestra voluntad y al haber emepzado a buscar otras viviendas, hemos encontrado una vivienda de nuestro interés y que queremos dejar su vivienda el 1 de julio 2015 (un mes después de avisarnos que quiere ocupar su vivienda pero un mes antes de que se termine la última prórroga firmada) para no perder la oportunidad de la nueva.
Nos dice que tenemos que respetar el contrato e irnos (pagar el alquiler) hasta que se extinga el contrato (1 de agosto 2015), pero al habernos avisado de que quiere ocupar la casa nosotros hemos comenzado a buscar otra rápidamente y no queremos pagar un mes de alquiler en las dos viviendas ocupando solo la nueva. Nos comunica que si no estamos hasta que se termine el contrato puede quedarse con la fianza.
El contrato no especifica qué hacer al respecto de si el arrendatario quiere marcharse antes de que se acabe la prórroga (la extinción del contrato) aunque avise en los plazo establecidos.
No se ha faltado a ningún pago de ningún mes, no se han producido desperfectos en la vivienda. Se han respetado los plazos establecidos en los avisos.
Este arrendador nunca ha sido muy favorecedor, tiene un historial de ser poco flexible para con los inquilinos, abusa de la técnica de todo para mi, nada para ti. Intentamos negociar una bajada de la mensualidad en el alquiler y nos ofreció irnos de la casa antes que ceder a la bajada.
¿Puede el arrendador obligar al arrendatario a pagar hasta el último mes del contrato (tercer año de alquiler) siendo el mismo arrendador el que desea ocupar la vivienda?
Entendiendo que el arrendatario está en una situación desfavorecida cuando le comunican que tiene que irse ¿tiene la obligación de irse hasta que termine el contrato, después de tres años de contrato? ¿O puede irse antes habiendo respetado los plazos establecidos?
¿Qué dice la LAU con respecto a cuando el propietario de la vivienda quiere ocupar la vivienda?
Un ejemplo extremo: ¿En el caso de que el arrendador nos avisara en enero de que quiere ocupar la casa en septiembre, entonces entiendo que tenemos que pagar todas las mensualidades desde enero hasta septiembre obligatoriamente sin poder buscar otra vivienda a la vista de que nos tenemos que ir de la anterior?