Indemnización legal ERE al solicitar subsidio al SEPE

Soy desempleado por despido colectivo y estoy cobrando la prestación de desempleo que se me termina el 27/06/2015. Estoy recabando información sobre la solicitud de desempleo para mayores de 55 años y tengo una duda: en uno de los requisitos se dice que para el cálculo del presunto neto patrimonial no se tendrá en cuenta la indemnización legal percibida del ERE.

Yo recibí una indemnización conforme al art. 51 y 53 del Estatuto de los Trabajadores consistente en:

    * 105.411,46 euros equivalentes a 30 días por año con el límite de 22 mensualidades

    *  18.000,00 euros a razón de 2.000,00 euros por cada trienio de prestación de servicios

    *  24.000,00 euros como consecuencia de los años de prestaqción de servicios y conforme a la escala prevista en el Acuerdo Laboral de fecha 08/02/2013 (fecha acuerdo ERE)

    *  18.000,00 euros por tener cumplidos 25 años de prestación de servicios, conforme a la escala prevista en el Acuerdo Laboral.

La indemnización legal a la que alude el SEPE se refiere a la cantidad pagada por el total? ¿Se refiere a la cantidad equivalente a 30 días por año?

He buscado en muchas páginas de internet y no encuentro la respuesta; en el SEPE, los funcionarios tampoco lo tienen claro, ya que me dicen que únicamente se refiere a la indemnización mínima de 20 días por año con el límite de 12 mensualidades.

Podrían ayudarme?

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