Cambio de una empresa a otra del mismo dueño

Me gustaría saber que debo hacer en el caso siguiente. Trabajo para una empresa X desde hace unos años, y ahora estando de vacaciones, me llaman y me dicen que el día de mi incorporación debo hacerlo en otra empresa del mismo dueño, que realiza la misma actividad, y en la que en ciertos periodos del año trabajo, pero que debo liquidar mi contrato con la primera para poder trabajar en la segunda. Mis dudas son las siguientes:

- Me tienen que guardar antigüedad, ¿de cara a un posible despido? O bien me cambian de empresa y luego me pueden echar a la calle sin un duro, ¿al no tener antigüedad?

- ¿Me pueden poner un período de prueba al firmar con la "nueva" empresa?

- ¿Deben respetar mi contrato indefinido o pueden ponerme el contrato que a ellos les venga bien?

- En caso de yo no aceptar ese cambio, ¿a qué tengo derecho? ¿No deberían haberme comunicado esto con más antelación? Porque me lo comunicaron el jueves, y mi incorporación es el lunes, además metiendo prisa para que les conteste hoy viernes...

1 respuesta

Respuesta
1

La empresa deberá guardarle la antigüedad a efectos, como bien dice, de un posible despido futuro. Si la empresa no le conserva la antigüedad y le hace un nuevo contrato con sus nuevas condiciones, deberá liquidarle y finiquitarle conforme al contrato que tenía hasta ahora. Es decir, o se finiquita y se realiza nuevo contrato o se mantiene la antigüedad. Si la empresa le deja desierta la antigüedad haciendo un nuevo contrato, esta situación es irregular, siendo usted el perjudicado, como es lógico.

Sobre la modificación que usted comenta, habría que ver si el contrato de trabajo permite esta modificación o si se considera modificación sustancial del contrato de trabajo. En el segundo de los casos, deberían haberle avisado con la antelación oportuna, que suele ser (salvo que el convenio disponga otra cosa) de 15 días. Y llegada esta modificación, se tienen 3 opciones:

1.) Aceptarla sin más

2.) Si desea seguir en la empresa, "aceptar" ese cambio pero, simultáneamente, interponer demanda solicitando que sea reintegrado a las condiciones precedentes.

3.) Si no desea seguir en la empresa, comunicar su opción de extinguir su contrato de trabajo dada esa modificación con indemnización de 20 días por año de servicio y el oportuno prorrateo de los periodos inferiores al año, junto con el certificado de empresa con el que percibir el desempleo.

Le recomiendo que este tipo de gestiones las lleve a cabo por medio de abogado, por seguridad jurídica, ya que son cuestiones que, en muchos casos, cualquier error es aprovechado por la empresa en detrimento del trabajador que no conoce el procedimiento a seguir.

Contáctenos y le atenderemos personalmente

951 71 50 41

[email protected]

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas