Guardias de 24h los siete días de la semana
Hola. Trabajo en una empresa que se dedica a la reparación de vidrio. La cuestión es que la empresa nos obliga cada cierto numero de semanas, dependiendo del numero de trabajadores de cada centro, ( en mi caso ya que somos dos operarios, tenemos guardia una de cada dos semanas) a estar disponible las 24h, los 7 días de la semana, para atender las posibles incidencias que puedan surgir. Es cierto que si surge una incidencia, nos la pagan. Pero no el hecho de estar disponible las 24h. En mi caso la situación se complica más, ya que al ser solo dos operarios en este centro de trabajo y como además del que le toca la guardia tiene que haber un segundo por una posible indisponibilidad del primero. Eso hace que tengamos que estar disponibles las 24h todos los días de la semana y del año, excepto cuando estamos de vacaciones, por supuesto.
El convenio colectivo no habla nada de esto y en el contrato laboral que yo tengo tampoco figura. ¿Qué consecuencias podría tener el que me negara a realizar estas guardias?
Muchas gracias