Consulta sobre funcionamiento de las cooperativas de transporte a partir de la nueva ley lott
Hola me gustaría entrar en una cooperativa de transportes con un camión de más de 3500 kg. Pero ahora con la nueva ley no sé como funcionan estas ya que he leído este texto y la verdad es que no lo entiendo:
"El socio cooperativista no puede facturar servicios de transporte, ni a terceros ni a la propia cooperativa.Como socio de la sociedad, debe funcionar por autonómina. Eso quiere decir que cobrará en función del resumen del trabajo realizado, que la cooperativa facturará a la empresa cargadora. El IVA lo recauda la cooperativa y lo compensa como sociedad. También hay que tener en cuenta que el socio no debe recibir facturas ni de gasoil, taller, neumáticos,..., estas deben ir a nombre de la cooperativa. Contabilizando ese IVA a su favor, y restando a la base imponible como gastos al resumen del trabajo realizado, siendo el resultado la autonómina a la que se le aplicará el IRPF correspondiente. "
He estado hablando con un gestor de una cooperativa y me ha dicho que la diferencia es que ahora ya no pueden estar en módulos sino que van por estimación directa. Que el camión se compra a nombre de la cooperativa para poder sacarle la tarjeta de tte. Y que luego ellos me hacen una factura vendiéndome el camión a efectos fiscales para que yo me pueda deducir ese IVA pero a efectos documentales sigue siendo suyo. Y no entiendo cómo voy a presentar yo unos impuestos si yo lo que facture va a ir a nombre de la cooperativa y según el texto de arriba los gastos también.
Muchas gracias y saludos