¿Debe cotizar como autónomo?, si es actividad secundaria, y se cotiza por el régimen general.

Hola,

Si tengo un empleo de dos horas y cotizo por el régimen general, ¿es necesario darme de alta como autónomo ante la seguridad social?, si la actividad se considera como actividad secundaría cuales son los límites y a partir de que cantidad de facturación anual se considera pluriempleo.

Es obvio que debo darme de alta en hacienda, para emitir comprobantes de pago, pero no me parece que deba pagar dos veces a la seguridad social.

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