Auditoría en Cooperativa de viviendas

Se puede pasar una auditoría de cuentas anual sin tener firmadas algún acta de Consejo Rector o de Asamblea. Hay alguna legislación que regule esto.

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Con los datos que aporta no nos es posible indicar gran cosa. SI se tratar de una cooperativa privada de viviendas no hay ley alguna que someta este tipo de entidades a auditorías. No obstante, si considera que existen motivos por el que sea necesario solicitar ese tipo de acto deberá de realizar todos los procedimientos que establecen los estatutos de la propia cooperativa para conseguir el quorum necesario o la orden judicial correspondiente que la obligue aunque siempre deberá ser por motivos bien fundamentados.
Gracias por responder, te amplio un poco más el problema.
Soy presidente de una cooperativa de viviendas. Cada año se ha realizado en la cooperativa una auditoría de cuentas.
Ahora se quiere cerrar la cooperativa y me comentan que para poder cerrarla tienen que estar todas las actas firmadas.
Faltan de firmar dos actas, una de hace dos años en la hay acuerdos que ya se ejecutaron y otra de hace un año.
Las actas tenían errores que se mandaron corregir en su día pero que la gestora que contrato la cooperativa dejo pasar, las actas se han corregido recientemente por lo que ahora si les doy el visto bueno y las tengo que firmar, pero antes quería saber si para pasar las auditorías de cuentas anuales, las actas tenían que haber estado firmadas y pasadas al libro de actas, pues tengo la sospecha que la gestora no juega limpio y nos manipula según le interesa.
En los estatutos de la Cooperativa y en la ley de cooperativas he leído que las actas hay que aprobarlas al finalizar la asamblea o antes de 15 días con la firma de dos interventores de actas y la del presidente, cosa que evidentemente no se hizo, ¿significa eso que estas actas no tienen validez alguna? Estoy valorando el firmarlas en presencia de un notario que me certifique que las firmo pasados dos y un año.
Si necesitas algún dato más me lo haces saber.
Agradezco tu ayuda.
La Auditoría sirve para despejar las posibles incógnitas de gestión y se pueden realizar las averiguaciones que darán pie a las salvedades que esta empresa externa crea convenientes y su incidencia en los resultados dentro del global de la operación. Por tanto, la cooperativa debería realizar la auditoría con independencia de la inexistencia de las actas que se podrá tratar posteriormente en una reunión de los comuneros. No tome iniciativas por cuenta propia sin contar con el beneplácito, el quorum y el conocimiento de los miembros de la comunidad para evitar que pueda recaer en vd., sospecha de manipulación.
Si sospecha que existen situaciones que no son del todo "normales" no se exponga, haga partícipes a los socios de la comunidad y establezcan entre todos y de común acuerdo el modus operandi. Si es necesario no dude en contratar a un jurista por cuenta de la comunidad (siempre con el visto bueno de los socios) para que ponga luz en aquellos puntos donde existe oscuridad.

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