Tipo de Retención en contrato por obra o servicio

Buenos días, mi caso es el siguiente:

En la empresa donde trabajo hay un empleado con contrato eventual por circunstancias de la producción y en estos días le finaliza, con lo cual ha estado 1 año (según nuestro convenio ha estado 6 meses + 6 meses) y durante este tiempo le hemos retenido un 2% en el I.R.P.F.

Ahora le queremos hacer otro contrato por obra o servicio de duración incierta (puede ser 7 u 8 meses).

Me gustaría me respondieran a estas preguntas:

1º- ¿Se le ha retenido correctamente durante el tiempo que ha estado con contrato eventual?

2ª- ¿Qué retención le aplicamos en este nuevo contrato que firmará en breve por obra o servicio?

Muchas gracias y saludos,

Gwiazda

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