Obligaciones Fiscales de una Asociación Fotográfica sin ánimo de lucro

Pertenezco a una asociación de fotografía que tenemos ya registrada ante la Generalitat Valenciana y la Agencia Tributaria (NIF)

Mi duda llega a la hora de las obligaciones fiscales, puesto que me hago un lio tremendo con la legislación, que por cierto, está escrita en un idioma difícil.

Quisiera saber qué trámites debo hacer durante el año y si debo presentar algún impreso. Me han comentado presentar el de la exención del IVA y el de que no tenemos actividad, pero no lo tengo muy claro.

Necesito ver la luzzzzzz

Gracias

JuanRa

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La Asociaciones, normalmente, han de solicitar la exención del IVA, el CIF y dar de alta la actividad como asociación en Hacienda. Si no hay actividad económica, no han de presentar otros impuestos a lo largo del año, a no ser que tenga un empleado, facturas con retención (de profesionales o alquileres). Si hay actividad económica, estarían obligados a presentar declaraciones de IVA e Impuesto de Sociedades, como parcialmente exentos.

Si están obligados a llevar una contabilidad que permita realizar un balance anual de las cuentas, para su aprobación en la Junta General. Llevar un libro de actas, un registro de socios...

Ademas, han de cumplir con la normativa de Blanqueo de Capitales y con la de Protección de Datos Personales (LOPD) y de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), puede encontrar mas información en nuestra web especializada www.bono-che.es

En cualquier caso, si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico especializado en Asociaciones y Fundaciones, en nuestra pagina web www.abogadosedo.es

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