¿Responsabilidad legal de un contable jefe?

Me acaban de contratar de jefe de administración (¿para llevar la contabilidad de una sociedad limitada?, y en menos de una semana me he dado cuenta que la contabilidad de esta empresa esta mal hecha, puesto al día a los socios (esto no quieren cambiar nada), mi pregunta es si por ejemplo mañana hubiera una inspección de hacienda, y se demostrara que esta mal y sancionaran a la empresa; esa sanción solo recae sobre la empresa y los socios o también sobre mi, es decir, me acabo de incorporar y esos apunte no los realice yo.

¿Tengo alguna clase de sanción por ello, o solo se la lleva la empresa?

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Tal como explica usted, tiene que tomar la decisión de continuar con una contabilidad mal hecha, porque así lo quieren los socios.

Pues usted si hacienda reclama, podría llegar a ser responsable si hay un fraude a hacienda.

La responsabilidad frente a hacienda sería de los socios, usted es un empleado, pero si se han dejado de ingresar algunas cantidades, dependiendo del importe, podría determinarse que se trata de un delito, y eso si podría afectarle a usted.

Para que haya un procedimiento penal, es necesario dejar de ingresar cuotas tributarias por cualquier concepto a partir de 120.000 euros; dígase IVA, sociedades o retenciones de terceros.

Sin embargo hacienda puede imponer una multa a la sociedad, si ha dejado de hacer ingresos por cualquier cantidad inferior a los 120.000. euros.

Es un tema delicado, pues en cuanto se produce el delito se procede a la investigación de los hechos que han dado lugar al mismo, con lo cual usted se encontraría en la situación de demostrar que no tuvo nada que ver en las anotaciones, ni conocía su existencia, ya que de conocerla, habría actuado en complicidad con los socios.

Si los hechos que usted conoce no pueden ser considerados delitos, entonces usted puede continuar tal como los socios quieren, ya que cualquier tipo de fraude que hacienda localice y consiguiente multa, será para los socios y no para usted.

El tipo de fraude no es grande ni mucho menos pero, hablamos de contabilizar ticket que no tiene ningún carácter valido, los jefes suelen pagar a los empleados gratificaciones, cosa que no puedo contabilizar en la contabilidad ya que es por debajo, y eso hace que la caja en la contabilidad esta abultada, eso es motivo de sanción para mi.

Gracias.

La ley al imputar un delito al administrador o persona que, de hecho, lleve la contabilidad de una empresa, hace referencia al delito, en el caso que usted menciona, si bien no se aprecia un delito, si hay una contabilidad que, necesariamente, usted tiene que falsear, porque así lo quieren los socios que le han ofrecido el trabajo.

Si hubiera una inspección de hacienda y se demostrara una contabilidad que esconde algunos pagos puntuales, realizados a no se sabe quien, lo máximo que podría suceder es que los socios tuvieran que abonar la correspondiente sanción, en el caso de que se pudiera demostrar que tales pagos tuvieran repercusiones en las declaraciones tributarias.

Sin delito, no hay complicidad.

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