Interpretación de convenio laboral
Buenas tardes.
Mi duda es la siguiente: Como se debe de interpretar el siguiente párrafo del convenio de limpiezas de guipúzcoa referente a las vacaciones:
“El personal comprendido en el presente Convenio disfrutará de un período de vacaciones anual mínimo de 31 días naturales de los cuales 26 serán laborales, considerándose los sábados o en su caso los lunes, como día laborable completo”.
¿Este párrafo quiere decir que los días laborales van de lunes a Sábados, ambos inclusive?
o ¿que solo es uno de los dos, o sábado o lunes?.
Un Saludo,
Marco