Interpretación de convenio laboral

Buenas tardes.

Mi duda es la siguiente: Como se debe de interpretar el siguiente párrafo del convenio de limpiezas de guipúzcoa referente a las vacaciones:

“El personal comprendido en el presente Convenio disfrutará de un período de vacaciones anual mínimo de 31 días naturales de los cuales 26 serán laborales, considerándose los sábados o en su caso los lunes, como día laborable completo”.

¿Este párrafo quiere decir que los días laborales van de lunes a Sábados, ambos inclusive?

o ¿que solo es uno de los dos, o sábado o lunes?.

Un Saludo,

Marco

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