Junta arbitral de consumo

Buenas tardes, hace ya bastante tiempo hice una reclamación a una empresa por la junta arbitral de consumo ( fue por un aparato electrónico que no me arreglaron en garantía ) y ahora me ha llegado esta carta:

En relación con la solicitud de arbitraje contra la empresa xxxxx, le informo que la misma ha sido admitida a tramite y remitida al reclamado para su contestación.

El sistema arbitral de consumo es voluntario, por lo cual requiere la existencia de convenio arbitral por la aceptación expresa de ambas partes. Por tanto y conforme al articulo 37 del real decreto 231/2008 de 15 de febrero por el que se regula el sistema arbitral de consumo:

Dado que:

la empresa contra la que ha formulado reclamación NO esta adherida al sistema arbitral de consumo

o bien

la reclamación que usted formula esta expresamente excluida de su oferta publica de adhesión limitada al sistema arbitral de consumo.

La empresa reclamada dispone del plazo de 15 días desde que reciba la notificación , para comunicar si acepta expresamente el arbitraje propuesto. Si no es aceptado expresamente este arbitraje, comunicaremos a usted el archivo del expediente y quedara expedita la vía judicial a la que podrá acudir en defensa de sus intereses.

No obstante si la empresa reclamada contesta a la reclamación planteada o bien ofrece una solución, le daremos traslado de la misma a usted, para su valoración y en aras a llegar a un acuerdo en fase de mediación.

Mis preguntas son las siguientes :

ya se le ha mandado la notificación a la empresa o como se yo cuando se la envían?

cuanto es el tiempo máximo de contestación? ( esta nota me llego el 8 de mayo de 2014 )

donde pueden darme información de como va el caso?

si la empresa no acepta esta reclamación, el siguiente paso es la vía judicial o hay alguna otra forma?

Gracias.

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