¿Se puede ejercer la accesión inversa sobre inmueble construido en un terreno proindiviso?

Cuando se construyó el inmueble eramos los usufructuarios del 100% de la parcela. Hoy día somos los propietarios del 33,33% y los usufructuarios del 66,66% es de aclarar que esta parcela figura como una propiedad proindivisa y que el 66,66% del que somos usufructuarios pertenece a una sola persona. Nuestra pregunta es: ¿Podemos iniciar nosotros un proceso de accesión inversa para adquirir la propiedad del inmueble construido puesto que la propiedad de la parcela es proindiviso? Podemos alegar que el inmueble está construido sobre ese 33,33% que tenemos en propiedad? Le expongo que el inmueble está construido en la mitad de la parcela, que por su situación la parcela queda dividida 3 partes. Una parte del terreno (aproximadamente 2.000 metros) queda detrás de la casa, otra donde está construido el inmueble y área de recreación (más o menos con las mismas medidas) y la otra quedaría al frente de la casa (aproximadamente los mismos metros). El inmueble se construyó con pleno conocimiento y conformidad de todos y cada uno de los antiguos propietarios que eran 3 hoy solo quedan de esos antiguos propietarios 1 que es el que posee el 66,66% restante.

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