Accesibilidad para minusválidos

Hola amigos, espero que alguien pueda responderme esta duda que me trae de cabeza.
Verán, en nuestro edificio contamos con cinco escalones en el portal, que dan acceso a los ascensores de las dos escaleras del edificio. Por otra parte, en los escalones tenemos una rampa que se hizo para las personas que la necesitaran. Ahora, se ha anunciado una junta extraordinaria de vecinos porque quieren colocar un elevador para minusválidos porque hay una vecina en silla de ruedas que lleva toda la vida viviendo en el edificio.   He consultado la ley de propiedad horizontal pero no me lo deja muy claro ya que expone que es obligatorio tener acondicionado el edificio para personas minusválidas si es que las hubiera y mi pregunta es: Si nosotros ya contamos con una rampa con acceso a los ascensores ¿es necesario u obligatorio colocar un elevador?
No es que no piense en esta vecina pero teniendo rampa me parece un exceso meternos en más gastos con los tiempos que corren, ya que nos han dicho que nos costaría unos 10000 euros a la comunidad... Agradecería mucho su respuesta porque la junta extraordinaria es el próximo martes. Un cordial saludo

Añade tu respuesta

Haz clic para o