Costas juicio desahucio

He tenido un juicio por desahucio yo era el propietario y lo he ganado imponiéndole las costas judiciales a la parte demandada, ahora bien resulta que la parte demandada goza de justicia gratuita y situación de pobreza poniéndole en el auto que si en el transcurso de tres años gozara de mejor fortuna se le cobrarán las costas. Mi abogado me pasa a mi la minuta así como el procurador mi pregunta es ¿debo ser yo quien pague cuando las costas se las impusieron a la parte demandada? ¿Si tengo que pagarlas no tendría que esperar tres años? Ya que si goza de mejor fortuna que se cobrarían de nuevo por mi abogado y procurador. También tengo una reclamación con la misma persona una reclamación de dinero de meses que dejo sin pagar ¿tendría también que pagar otra minuta por dicho echo? Gracias

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No pierda de vista que su abogado lo ha contratado ud., por imperiosidad legal es cierto, pero él (y el procurador) le tiene que girar la minuta a ud., que es el cliente y quien le ha solicitado los servicios. Otra cosa es que el demandado sea condenado en costas y no tenga la justicia gratuita, en cuyo caso seguramente su abogado también le cobrará primero a ud., pero tratará de cobrarlas al demandado y, si lo consigue, le devolverá a ud. lo que ha pagado. En este caso, en que el demandado goza del beneficio de justicia gratuita, es cierto que si pasados tres años ud. llega a conocer que ha mejorado su situación (como por ejemplo verle trabajar), podría tratar de recuperar esas costas.
Si considera contestada la pregunta, agradecería que la puntuara según su criterio para que quede cerrada.

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