Separación de bienes, me pueden embargar el piso

Buenas noches, mi problema es el siguiente, mi mujer junto con 4 hermanos tienen un negocio en sociedad con el 20% cado uno de los socios, a día de hoy tienen varios créditos pendientes de pago y con orden de embargo de uno de ellos el cual asciende a unos 300.000 euros.
Datos, ella no tiene ningún tipo de ingreso, el piso donde vivimos esta libre de hipoteca, la cochera esta a mi nombre y pagada, en la cuenta corriente donde yo cobro mi nomina de 1500 euros ella esta de autorizada y yo de titular, tenemos unos pequeños ahorros sobre 5000 euros, tenemos separación de bienes desde enero de 2010, antes estábamos en gananciales, ella antes tenia de la sociedad un 10% y sus hermanos también, en noviembre de 2010 su padre les dio otro 10% a cada hijo, es decir como exponía antes ahora cada uno tiene un 20%, lo cual de la deuda contraída le corresponderían 60.000 euros por socio.el negocio donde están es en propiedad con una hipoteca que en principio era de 250000 euros y luego se pidió otros 50000, están como se dice vulgarmente con la mierda al cuello, el único cónyuge de los socios trabajando soy yo, es decir sus hermanos no van a poder afrontar pues no tienen ingresos de ningún tipo, sus pisos están hipotecados.
Esa es la herencia de mi querido suegro, si lo lees un saludo
pregunta por la parte que le corresponde a mi mujer nos pueden embargar el piso, cuenta y mi nomina, decir que tengo dos hijos menores de edad de 9 y 11 años
gracias y un saludo

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Solo pueden embargar los bienes que sean titularidad de su mujer. Si están en separación de bienes nada le pueden embargar a usted ya que las deudas de cada cónyuge son privativas.
Lo único es que si el piso donde viven está a nombre de los dos, le podrían embargar el 50% de ella. Si está a nombre suyo no se lo pueden embargar.
Antes de nada darle las gracias pero me queda una duda, si embargan el 50% como lo hacen, tendría yo que vender el piso, me lo quitarían lo venderían ellos, para cobrarse la deuda, tengo un lio que no me aclaro, me vería en la calle, como es el proceso gracias
Lo primero es que sería una faena.
Legalmente, lo que pasaría es que tras el proceso de embargo, subasta etc... el acreedor pasaría a ser el propietario de ese 50%. Es decir, el piso sería suyo y de otra persona al 50%, aunque usted no se vería en la calle.
Llegados a ese extremo, el acreedor podría obligarle a usted a vender el piso, o venderlo ambos de mutuo acuerdo.

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