Servidumbre de luces y vistas

Compramos un chalet de nueva construcción en abril de 2009. El chalet tiene una terraza con barandilla, la cual da a un solar del vecino. Cual es nuestra sorpresa cuando el otro día nos llega una carta del abogado del vecino

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Creo que su pregunta está sin acabar pero le adelanto que, efectivamente, tendrá que cerrar la parte del balcón que colinda con el terrezo evcino puesto que el Código Civil establece que no se pueden tener dichas vistas directas sobre pared vecina o a los fundos vecinos. Así que tendrá que tapiar esa pared para dejar de tener vistas directas a dicho solar.
¿Pero de quien es la responsabilidad, de la constructora que nos lo entrego así o nuestra?. ¿Podemos pedir daños y perjuicios a la constructora?. Yo, si en vez de estas vistas, tuviera una tapia no lo hubiera comprado.
Si no quiere cerrar dichas vistas con un tabique, puede intentar transigir con el vecino que le permita hacerlo en bloque de ladrillo de forma que no verá hacía ese lado pero sí tendrá la luz directa.
Ls responsabilidad que le exige el vecino puede ud repetirla contra la constructora para que sea ésta quien se haga cargo de los gastos que genere la construcción de la pared. En cuanto a los daños y perjuicios, habría que buscar alguna jurisprudencia que la amparara para poder solicitarla pero, mucho me temo, que pocas sentencias hallaríamos al respecto supuesto que debe ser conocido el hecho de que no se pueden tener vistas directas a los laterales si éstos no caen sobre el propio fundo. Si quiere reclamarle dicha responsabilidad al constructor póngase en contacto con un abogado que le haga el estudio porque cada caso debe analizarse particularmente y es algo difícil de aconsejar por este medio sin ver sobre el terreno la cuestión litigiosa. Espero que le ayude, si tiene alguna duda, no dude en preguntar de nuevo.

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