Servidumbre de paso a chalet

Vamos a dividir una finca que compartían dos propietarios a petición de uno de ellos.
1º ¿Puede la otra parte obligarme a derribar parte de una construcción llevando esta más de 20 años hecha y que anteriormente era común al coincidir con la línea divisoria?
2º ¿Si la línea pasa por delante de la puerta de entrada tengo derecho a servidumbre de paso? De ser así, ¿Qué medida debería de ser esta?
3º.Los gastos ocasionados al variar las construcciones son o al vallar las fincas resultantes ¿son comunes o corresponderían al promotor de la división.
4º. ¿Puedo negarme a la segregación?
Muchísimas gracias por atenderme.

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