¿Hay posibilidad de anular multa de tráfico?

Intentaré ser breve...
La sanción que me pusieron ya es firme. Recurrí por 3 veces (con fotos) incluido un periodo de prueba y siguen con lo suyo.
Según el artículo 118.1 1) del la ley 30/1992, el acto en firme (igual que en las anteriores proposiciones de sanción) puede recurrirse si al dictarlo se incurre en un error de hecho.
En mi multa el artículo infringido es el RGC 91.2 g (que es haber estacionado en zona de carga y descarga) y el agente ratifica que estacioné encima de la acera. Además en el hecho denunciado se expone sin ninguna concreción que el vehículo se encontraba estacionado obstaculizando gravemente o suponiendo un riesgo para los usuarios de la vía.
Entiendo que no se corresponde el artículo infringido con la acusación del Agente por lo que todos mis recursos anteriores se basaron en esto último
¿Se puede considerar un error de hecho y por lo tanto anularse el acto recurrido?
¿Hay qué aportar de nuevo fotos y pruebas?
Muchas gracias de antemano

1 respuesta

Respuesta
1
Me temo que si la sanción ya es firme, solo le queda presentar Recurso Contencioso Administrativo... Si usted lo tiene claro y tiene las pruebas, puede intentarlo por esta vía. Necesita Abogado y Procurador...
Agradecemos valoración de la respuesta.
Muchas gracias
Tenía entendido que si existe un error de hecho administrativo se puede recurrir mediante un recurso extraordinario de revisión.
Si tiene algún modelo de este tipo de recurso le agradecería mucho que me lo mandase por email. Gracias otra vez!
El recurso extraordinario de revisión, es especial y para ciertos echos tasados... Que no es el caso, en nuestra opinión.
Si desea información sobre nuestro servicio de Gestión de Multas de trafico, la puede encontrar en http://www.abogadosedo.es/Multas.html
Agradecemos valoración de la respuesta.

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