Donación de padre a hijo

Buenos días:
Mi suegro ha recibido una indemnización en Portugal por el desalojo de un piso. Ese dinero lo ha repartido entre sus dos hijos y en este momento está en una cuenta bancaria portuguesa a nombre de mi marido y mi suegro. Mi pregunta es: ¿Debemos declarar ese dinero que se encuentra en Portugal? ¿Se trata de 50.000? Y nosotros residimos en Madrid. Si no lo tenemos que declarar por el hecho de estar en Portugal ¿Cuál es la forma menos gravosa de traerlo a España y ponerlo sólo a nuestro nombre? ¿Nos puede hacer una donación para amortizar nuestra hipoteca? ¿Y si nosotros abrimos una cuenta a nuestro nombre en Portugal, podemos traerlo poco a poco?
Ya se que es un tema complejo. Gracias de antemano.

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El dinero pueden traerlo a España, ya que Portugal no es un paraíso fiscal. Su padre puede hacerle una donación, y declarar el dinero como tal, ya que si residen en Madrid, las donaciones de padres a hijos están exentas, así que no habrá problema.
¿Qué significa que Portugal no es paraíso fiscal? ¿Debemos declarar ese dinero?
¿Las donaciones están exentas al 100%? Yo había leído que estaban exentas al 99%
Muchas gracias.
Significa que el dinero que Vd. tiene en portugal, está sometido a impuestos, igual que aquí en España, y al ser miembro de la CEE, Vd. no puede tener una doble imposición por un mismo hecho. Es decir, si el dinero que Vd. tenía en Portugal ha tenido cualquier tipo de retención, en España no pueden volver a retenerle por lo mismo. No hace falta que Vd. haga una declaración expresa del dinero, ya que al ingresarlo en su cuenta, y tras declarar la donación, ya queda debidamente fiscalizado.
La exención va a depender de la cuantía del dinero. En cualquier caso, estamos hablando de un 1% de diferencia, que no es significativo.

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