Testamento y r. De la propiedad

Hola! Mi pregunta es la siguiente: si en el registro de la propiedad figura una vivienda a nombre de una persona, casada y con hijos pero que se ha registrado como si la hubiera poseído desde soltera, ¿puede hacer un testamento dejando en un futuro la vivienda integra a uno de sus hijos? Gracias

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¿En el registro figura inscrita a tu nombre antes de tu matrimonio?
No, la historia es la siguiente:
Un matrimonio con 7 hijos que poseen el su propiedad una vivienda (sin escriturar), un garaje (sin escriturar) y una finca rustuca (escriturada). En 2004 fallece su marido y es al tiempo cuando decide hacer escrituras de la vivienda y garaje.
Por mediación del ayuntamiento, registran las propiedades a nombre de ella (la mujer) pero como si ella las tiene desde que era soltera.
Ahora está en el proceso de escriturar para posteriormente hacer testamento donde ella quiere reflejar:
La finca para los 7 hijos y la casa y garaje para el/la que la cuide.
Mi pregunta es: arreglando así las escrituras/testamentos, ¿puede ella darle la vivienda a uno solo dejando a los demás hijos la finca que es lo que ya tiene escrituras hechas por el matrimonio y por el contrario ella tiene que dejarle a los demás parte alguna?
¿Puede ella dar de mejoras todo lo de su propiedad al cuidador y prescindir de la legitima de sus hijos?
Muchas gracias
¿Me podrías concretar tu Comunidad Autónoma?
Es de andalucia. Gracias
En principio el juego de las legítimas en el código civil es el siguiente:
Los hijos tienen derecho a los 2/3 de la herencia, el testador puede en testamento destinar 1/3 como mejora a alguno de ellos
Hay 1/3 de libre disposición
Por todo ello el testador puede dejar a uno de los hijos (en este caso el que la cuide) los 2/3 de la herencia (la mejora y la libre disposición), y repartir entre todos los hijos el 1/3 restante
Para valorar estas partes se estará al momento del fallecimiento del testador

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