Reconocimiento de deuda privado

Buenas tardes, quería plantearte una situación:
Tengo un reconocimiento de deuda, que hizo mi gestor bancario, para que una persona me devolviera una cantidad de dinero prestada, para que el deudor comprara la mitad de la titularidad de una vivienda.El reconocimiento de deuda tiene fecha de vencimiento en el 2010.
La vivienda se ha vendido y el deudor ha recibido el 50% del importe, mi pregunta es: ¿Tengo qué esperar hasta el 2010 para solicitar la liquidadión del importe, o siendo que el motivo del préstamo fue la compra de esa vivienda, se puede exigir que lo pague ya? Supongo que el motivo por el cual se prestó el dinero da igual y que tiene de plazo hasta el 2010 igualmente.
Además, el deudor ahora dice que ese reconocimiento de deuda no es auténtico, pero tengo documentos bancarios que acreditan el ingreso mensual por su parte, de un importe fijo, para ir rebajando la cantidad debida. También se puede verificar mediante las declaraciones de la renta, ya que se ha válido de ese reconocimiento de deuda para desgravarse. Con estos datos, judicialmente debería tener validez el documento,¿no?
Y por último, actualmente el deudor está en paro, si tuviera que llegar a vía judicial para el pago del importe debido,¿podría el deudor declararse insolvente? Si así lo hiciera,¿me quedaría sin cobrar o se investigarían los bienes que tuviera el deudor para proceder al embargo?
Gracias de antemano, ya se que mi caso es un poco extenso.

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